El Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar en su Capítulo VI, Sección A-VI/1-2 establece la obligatoriedad de este curso para todas las personas empleadas o contratadas a bordo de un buque de navegación marítima, para que sepan actuar en caso de que se detecte fuego o humo, o bien, suene la alarma de incendios. Todos los participantes de este curso, deberán acreditar salud compatible, mediante un certificado médico.